La Comisión Permanente del Congreso de Perú aprobó en segunda y definitiva votación un proyecto de ley que incorpora el delito de lesa humanidad en el Código Penal. Este órgano cumple las funciones del pleno ante el inminente término de funciones del actual Congreso unicameral, que será reemplazado a fines de mes por las cámaras electas el 12 de abril. La decisión, tomada con 14 votos a favor, se produjo pese a las críticas por establecer restricciones que difieren de las normas internacionales.
En estrecha complementariedad, se aprobó la reforma al Código Penal Militar Policial. Esta norma excluye de la jurisdicción ordinaria a los efectivos de la fuerza pública que cometan delitos en el ejercicio de sus funciones. La resolución impide que se dicten sentencias firmes en el fuero ordinario y obliga a los magistrados a archivar de forma inmediata aquellas causas que ya estén bajo examen castrense.
Esta reforma fue promovida por el fujimorismo para beneficiar a uniformados procesados por abusos durante el régimen de Alberto Fujimori y las protestas de 2022 y 2023.
El texto para incorporar los delitos de lesa humanidad, impulsado por el presidente interino del Legislativo, Fernando Rospigliosi, y avalado previamente por la Comisión de Constitución, define estos como actos cometidos como parte de un «ataque generalizado o sistemático contra una población civil».
Abarca el homicidio calificado, la trata de personas, el secuestro, la violación sexual, la desaparición forzada y la tortura. De no cumplirse este elemento, los hechos se procesarán como delitos comunes. La norma, que establece penas de hasta cadena perpetua, ordena la retroactividad para juicios previos al año 2002.
La legisladora Ruth Luque denunció que la iniciativa «desconfigura por completo el delito de lesa humanidad» y remarcó el «desprecio por las víctimas». El Bloque Democrático intentó frenar el dictamen mediante un recurso de reconsideración, pero fue rechazado por parlamentarios de derecha.
En estrecha complementariedad, el Parlamento también aprobó, con 52 votos a favor, la reforma al Código Penal Militar Policial. Esta norma excluye de la jurisdicción ordinaria a los efectivos de la fuerza pública que cometan delitos en el ejercicio de sus funciones. La resolución impide que se dicten sentencias firmes en el fuero ordinario y obliga a los magistrados a archivar de forma inmediata aquellas causas que ya estén bajo examen castrense.
La reforma al Código Penal Militar Policial fue promovida por el fujimorismo para beneficiar a uniformados procesados por abusos durante el régimen de Alberto Fujimori y las protestas de 2022 y 2023. La aprobación ignoró las advertencias del alto comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, Volker Türk, quien exhortó a que las violaciones fundamentales sean juzgadas por tribunales civiles independientes.
La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) calificó ambas normas como un «grave retroceso para el acceso a la justicia». La organización advirtió que en las décadas de 1980 y 1990 la justicia militar fue utilizada sistemáticamente como un escudo para archivar casos de torturas y ejecuciones. Por su parte, la diputada electa Indira Huilca catalogó la reforma militar como una «nueva ley de impunidad policial».
Tras la aprobación, la norma pasará al Ejecutivo. El presidente interino, José María Balcázar, tiene un plazo de 15 días para su promulgación o devolución con observaciones, tras las objeciones previas del Ministerio de Justicia.
Estas decisiones legislativas ocurrieron en medio del conteo electoral para definir al próximo presidente. Según la ONPE, con el 99.798 % de las actas contabilizadas, Keiko Fujimori obtiene el 50.115 % de los sufragios, frente al 49.885 % del candidato de izquierda Roberto Sánchez.
