La Jurisdicción Civil Especial por el doble terremoto del 24 de junio cuenta con dos sede en el estado La Guaira para atender los asuntos legales y facilitar los trámites a las personas afectadas.
El juez rector de la Circunscripción Judicial de La Guaira, Carlos Ortiz Flores, informó que la puesta en funcionamiento responde a la necesidad de atender los requerimientos jurídicos generados por los sismos, de acuerdo con medios.
Además, el presidente de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), magistrado Emilio Ramos, indicó que en las dos sedes habilitadas han recibido a más de 900 usuarios.
“Funcionamos en dos sedes, una en el Liceo Narciso Gómez, atendiendo a la población del oeste del estado La Guaira, y otra en la unidad educativa República de Panamá, que atiende el lado oeste del estado La Guaira», indicó.
Ramos agregó que, hasta el momento, «más de 900 usuarios hemos atendido, hemos sacado más de 700 trámites, sobre todo colocación familiar en materia de niños, niñas y adolescentes, temas de justificativos de testigos acreditando posesión, declaraciones de únicos universales herederos”.
Resolución de la Sala Plena
La medida quedó formalizada mediante la Resolución N.º 2026-0005, aprobada por la Sala Plena del TSJ el 5 de agosto y publicada en la Gaceta Judicial Extraordinaria N.º 123 del 10 de agosto.
El texto, compuesto por 20 artículos, establece una jurisdicción civil y transitoria para atender los asuntos derivados de los terremotos. La resolución señala que su creación se produjo luego de la solicitud formulada por la presidenta de la República, Delcy Rodríguez.
La jurisdicción permite tramitar casos relacionados con personalidad jurídica, estado y capacidad de las personas, derechos reales y personales, sucesiones y propiedad inmobiliaria, además de otros asuntos civiles vinculados directamente con los sismos.
Entre los procedimientos contemplados figuran declaraciones de ausencia o presunción de muerte, rectificación o reconstrucción de actas de estado civil, inventarios sucesorales y controversias sobre derechos u obligaciones afectadas por los sismos.
La resolución establece además que estos trámites tendrán prioridad y deberán resolverse bajo criterios de celeridad, accesibilidad, gratuidad y simplificación. También contempla asistencia jurídica gratuita para las personas afectadas que la necesiten.
Los asuntos que involucren a niños, niñas y adolescentes quedan fuera de esta jurisdicción y continuarán bajo competencia de los tribunales de protección correspondientes.
