6027358547328306414

INTT restringe circulación de carga pesada por el Día del Trabajador

El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) estableció una restricción temporal para la circulación de vehículos de carga pesada en todo el territorio nacional. Esta medida entrará en vigor con motivo de la conmemoración del Día Internacional de los Trabajadores.

El objetivo principal de la resolución es garantizar la seguridad vial y el libre tránsito de los ciudadanos durante las festividades programadas para este fin de semana largo. La prohibición aplica específicamente a todas aquellas unidades con una capacidad igual o superior a los 3.500 kilogramos. De acuerdo con el cronograma oficial, la restricción iniciará a las 01:00 horas del viernes 01 de mayo. El período de limitación se extenderá de forma continua hasta la madrugada del lunes 04 de mayo, momento en el cual se normalizará el tránsito para este tipo de transporte.

Esta disposición legal encuentra su fundamento en el cumplimiento de la Resolución Conjunta 083 y 022. Dichos lineamientos cuentan con el respaldo del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, además del Ministerio del Poder Popular para el Transporte. Ambos entes publicaron estas normas previamente en la Gaceta Oficial N° 42.425 con la intención de reducir los riesgos de accidentes en las troncales del país.

Finalmente, el comunicado oficial señala que existen excepciones puntuales para ciertos sectores estratégicos. Los vehículos que trasladen productos esenciales para la población, tales como alimentos, medicinas o suministros básicos, podrán transitar sin inconvenientes. El INTT reitera su compromiso con la seguridad de los conductores y exhorta a la ciudadanía a tomar las previsiones necesarias ante estas modificaciones en la movilidad vial.

 

VTV
CIRCULACION

Circulación de transporte de carga está restringida durante Carnavales 2026

El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) informa a los operadores de carga que su circulación estará restringida desde este domingo 15 de febrero de 2026 a la 1:00 a. m. hasta el miércoles 18 de febrero a la misma hora, con el fin de fortalecer las acciones de seguridad vial durante este asueto.

La medida aplica para todos los operadores que trasladen cargas iguales o superiores a tres mil 500 kilogramos, a excepción de los vehículos que transporten los siguientes insumos: Alimentos perecederos y no perecederos (y sus respectivas materias primas), vehículos graneleros, de asistencia vial, de emergencia, policiales o militares, material de telecomunicaciones y para la defensa de la Nación (conforme a la ley).

Asimismo, agua potable y químicos para su potabilización, medicinas de corta duración, dióxido de carbono (hielo seco) y oxígeno médico, desechos sólidos de origen domiciliario (en unidades habilitadas), gas de uso doméstico y combustibles para estaciones de servicio, puertos y aeropuertos y productos asociados a la actividad petrolera, agrícola y pecuaria, fertilizantes químicos y periódicos.

Tal restricción responde a lo estipulado en la Resolución Conjunta 083 y 022 de los ministerios de Relaciones Interiores, Justicia y Paz y de Transporte, publicada en la Gaceta Oficial N.° 42.425 de fecha 25 de julio de 2022.

Estas acciones se fundamentan en las atribuciones descritas en los artículos 5 y 17 de la Ley de Transporte Terrestre, lo que afianza las políticas de regulación impulsadas a través de la Gran Misión Cuadrantes de Paz.

 

VTV